RESOLUCION 195/2008 (S.A. y D.S.) - B.O. 2008/07/30
Mercado cambiario - Ingreso y egreso de divisas al mercado local - Registración ante el Banco Central de la República Argentina -
Venta de activos externos de residentes del sector privado - Suspensión temporaria de la aplicación de lo dispuesto en los incs. c) y d) del art. 4º del dec.616/2005.
El dec. 616/2005 estableció un nuevo régimen aplicable a los ingresos y egresos de divisas al mercado de cambios con el objeto de profundizar los instrumentos necesarios para el seguimiento y control de los movimientos de capital especulativo con que cuentan el Ministerio de Economía y Producción y el Banco Central de la República Argentina. El art. 4º del decreto mencionado se establecieron los requisitos a cumplir en el caso de determinados ingresos de fondos del exterior por endeudamientos financieros del sector privado y por ingresos de fondos de no residentes. El art. 2º de la res. 365/2005 (M.E. y P.), se estableció la extensión del alcance de los requisitos establecidos en los incs. b), c) y d) del art. 4º del dec. 616/2005, a los ingresos cambiarios por ventas de activos externos de residentes del sector privado.
Existiendo demoras en la liquidación de operaciones de exportaciones agropecuarias, el Banco Central de la República Argentina entiende que es posible suspender algunas restricciones al ingreso de fondos externos sin afectar negativamente su política cambiaria. En ese sentido, dicha institución propicia una suspensión temporaria de la aplicación de lo dispuesto en los incs. c) y d) del art. 4º del dec.616/2005 a los ingresos cambiarios por ventas de activos externos de residentes del sector privado.
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