Se prorroga el plazo de incorporación del uso de la factura electrónica -dispuesta por la RG (AFIP) 2758- a las operaciones de exportación para los exportadores inscriptos en el impuesto al valor agregado que a su vez se encuentren inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros.
En tal sentido, las nuevas disposiciones serán aplicables para las destinaciones oficializadas a partir del 1/5/2010, en el caso de los sujetos incluidos en el régimen para el desaduanamiento de mercadería -dispuesto en el marco de la RG (AFIP) 596-, y desde el 1/7/2010, para los restantes sujetos.
Powered by Bravo
Live Smart. Live Bravo!
.png)

