Eduardo Bravo Losada
Chairman & CDO, Bravo & Bravo Losada / IGAF Worldwide Member Firm
Ha sido publicada en el B.O. del 04.12.2008 la RESOLUCIÓN (Oficina Nac. Control Comercial Agropecuario) 7953/2008.
Se crea en el ámbito de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario, el “Registro Único de Operadores de la Cadena Comercial Agropecuaria Alimentaria”, en el que deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas que intervengan en el comercio, industrialización y/u otras actividades de las cadenas comerciales agropecuarias y alimentarias de los mercados de lácteos, granos, ganados y carnes, y avícola.
A tal efecto, se establecen los requisitos y condiciones que deberán cumplir los sujetos obligados, a fin de obtener y/o renovar su inscripción en el citado registro.
Por su parte, se establece que los operadores que se encuentren con matrícula vigente para actuar en las categorías establecidas por la presente resolución, serán considerados automáticamente inscriptos en el presente registro, y sus inscripciones seguirán vigentes conforme los plazos que les fueron otorgados oportunamente. Las inscripciones y/o renovaciones solicitadas hasta la entrada en vigencia de la presente resolución, seguirán tramitando de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente al momento de la solicitud.
Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 02.01.2009.
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